En 2019, en Argentina se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, mediante la cual se declaró la emergencia pública en nueve sectores: económico, previsional, tarifario, administrativo, sanitario, fiscal, energético y social. Con tal ley se apuntó a la redistribución tributaria —cómo bienes e ingresos se distribuyen en la sociedad— y también se buscó poder asistir a algunos sectores que se consideraron claves para poder reactivar la economía.
Entre los diferentes puntos que esta ley indicó, que hoy continúa vigente, está el reintegro del 15 % para compras con tarjeta de débito, es decir, la devolución del IVA. Quedate en este artículo para que te contemos qué es el reintegro o devolución del IVA, quiénes son los beneficiarios, cómo se lo recibe y algunas preguntas frecuentes al respecto. ¡Ya empezamos!
¿Qué es el reintegro del 15%?
La devolución del IVA es una herramienta que, gracias a la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, se sancionó en diciembre del 2019, y permite que diferentes medidas y políticas, que el Gobierno dispuso para los sectores más golpeados económica y socialmente, les ayuden a salir adelante. Hay que tener en cuenta, también, que la pandemia de la COVID-19 ha sido otro factor por el cual estas medidas son necesarias.
Se devolverá un 15% del valor final de las compras realizadas durante el mes, en negocios que ahora te vamos a indicar.
¿Dónde puedo comprar para recibir el reintegro del IVA?
Para que puedas acceder a este reintegro, es necesario que realices compras, en primer lugar, con la tarjeta de débito donde tu jubilación, pensión, AUH o AUE es depositada.
Además, tenés los siguientes tipos de comercio donde podrás comprar:
- Almacenes de barrio.
- Quioscos.
- Supermercados.
- Hipermercados.
- Minimercados.
Ahora, un último requisito para los locales: el local donde compres tiene que estar, obligatoriamente, registrado en AFIP. Dado que este convenio fue realizado entre el Gobierno, PAMI y ANSES, también se realizó en conjunto con la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Requisitos para recibir el reintegro del IVA
Para que puedas acceder a este beneficio, tenés que pertenecer a uno de estos dos grupos sociales:
Jubilados del haber mínimo
Desde junio de 2021, el monto del haber mínimo será de $ 23.064,70, lo que significa que es un 64 % más que el vigente desde diciembre 2019, cuando el haber mínimo era de $14.067,93.
Beneficiarios de AUH y AUE
La AUH es cobrada por uno de los dos padres del/los niño/s; consta de un pago mensual, y es para padres con hijo/s menor/es a 18 años.
La AUE se puede tramitar desde la semana 12 del embarazo, y hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
En ambas asignaciones, el monto que se cobra mes a mes es del 80 %; el 20 % restante es percibido de forma anual con la presentación de la Libreta de Asignación Universal.
También, podrán recibir este reintegro los siguientes grupos sociales:
- Si percibís pensión no contributiva, nacional, que tampoco exceda el haber mínimo.
- Si recibís una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo.
Cuál es el monto que se recibe con el reintegro del IVA
Vas a poder recibir un total de hasta $700 mensuales, por cada beneficiario.
Hay, sin embargo, un monto mayor, que asciende hasta los $1.400. Esto dependerá de que los siguientes factores:
- Que seas una persona que recibe 2 o más Asignaciones Universales por Hijo o Asignación Universal por embarazo.
- Que seas quien recibe hasta una pensión por fallecimiento, que no supere el haber mínimo garantizado en aquellas compras que se realizan con la tarjeta de débito donde la pensión, o la jubilación (y la asignación) es acreditada.
Período de vigencia del reintegro 2021
La Ley de Solidaridad que contempla la devolución del 15 % en compras con débito entró en vigencia desde que fue publicada, el 18 de febrero del 2020, y sigue siendo aplicada en 2021. Hay que tener en cuenta que la última extensión tuvo lugar entre el 30 de marzo del 2021 y es hasta el 30 de junio —inclusive— del 2021: es decir, desde principios de este año y durante 3 meses se indicó la última actualización del reintegro.
Preguntas frecuentes
Aquí vamos a dejarte una serie de respuestas a preguntas recurrentes para que comprendas, a fondo, todo lo que involucra este reintegro. ¡Esperamos que te sean útiles!
El «Grupo familiar»: ¿Por quiénes está conformado?
«Grupo famiiar» se le llama al grupo compuesto por titular más su cónyugue, su conviviente o su concubino previsional.
En caso de que la persona titular, beneficiaria del reintegro, sea viuda, o soltera, separada o divorciada, será el único integrante del grupo familiar (y, por ende, sigue siendo válido el reintegro).
¿Cómo sé si me corresponde el reintegro?
¡Es muy simple! Para saber si sos beneficiario de la devolución del IVA, tenés que ingresar aquí: Sitio de Consulta de Nómina de Beneficios.
Una vez en el sitio, ingresá tu CUIL o CUIT, el código de seguridad, y, luego, presioná «Continuar»: vas a poder verificar si estás registrado para el reintegro.
Recordá que la información se actualiza todos los meses. ¡No dudes en consultar!
¿Cómo me acreditan el reintegro?
Vas a recibir el reintegro del 15 % en la cuenta donde te pagan, mensualmente, la AUH, la AUE, la jubilación o la pensión. No es necesario que realices ningún tipo de trámite o una tarjeta aparte para que se acredite: ¡todo se realiza con la misma tarjeta! Hacés compras, y allí se deposita, luego, el reintegro.
Mi compra supera el 15 % mensual de reintegro máximo, ¿qué pasa con esto?
Tené en cuenta que la resolución dispone que se reintegrará un monto que va entre $700 y, hasta, $1400, por lo que el maximo de reintegro de IVA es de $1400.
Si tengo Tarjeta Alimentar, ¿puedo recibir el reintegro?
No vas a percibir el reintegro por tener una Tarjeta Alimentar. Sin embargo, si tenés la Tarjeta Alimentar y además sos persona jubilada, o titular de una AUH o AUE, o si percibís una pensión por fallecimiento, o que tengas una pensión no contributiva nacional sí vas a recibir tu reintegro.
¿Qué significa esto? Que la Tarjeta Alimentar no es uno de los requisitos para recibir la devolución del IVA, pero tenerla y además estar en uno de estos 4 grupos sociales no te excluye del beneficio.
Recibí mi resumen de cuenta: ¿cómo sé dónde está el reintegro?
¡Esto es muy sencillo! Buscá en el resumen la indicación de «Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541»: ese es tu IVA reintegrado.
¿Se reintegra el IVA en compras con tarjeta de crédito?
Lamentamos informarte que no: solo reciben reintegros en las cuentas las personas que hagan compras de productos con tarjeta de débito, ya que es allí donde se depositan pensiones, jubilaciones y asignaciones sociales como AUH y AUE.
¿Cómo sé si el local donde compro productos se incluye en este beneficio?
Además de los requisitos que te indicamos a principios de este artículo (mercado, hipermercado, quioscos, supermercados o almacenes en un barrio), el local deberá estar inscripto en la AFIP. Esto es condición suficiente para que a fin de mes te sea devuelvo el IVA.
¿Están incluidas en el reintegro las carnicerías, pescaderías o verdulerias?
¡Claro que sí! Siempre y cuando el local esté registrado en la AFIP, vas a poder percibir el reintegro en tu cuenta de débito.
Soy trabajadora en casas particulares, ¿me corresponde el reintegro?
Esta consulta se asemeja a la que se realizó sobre la Tarjeta Alimentar. El hecho de ser trabajadora en casas particulares no es uno de los requisitos que la resolución de esta ley dispone para que percibas, en tu cuenta de débito, el reintegro. Pero, si además de trabajar en casas particulares, estás dentro de los 4 grupos sociales de los que te hablamos (persona jubilada, o titular de una AUH o AUE, si percibís una pensión por fallecimiento, o si tenés una pensión no contributiva nacional) sí vas a poder recibir el IVA.
¿Por qué dejé de percibir el reintegro del IVA en mi cuenta?
Como te mencionábamos, mes a mes se va actualizando la nómina de beneficiarios del reintegro del IVA. Si dejaste de percibirlo, ¡no te preocupes! Acá te dejamos una serie de razones por las que esto puede haber ocurrido:
- Superaste el haber jubilatorio mínimo: Te dejamos acá un sitio web para que puedas verificar todo sobre la ley de Movilidad Social. Tené en cuenta que el primero de junio de 2021 aumentó un 12,12 %.
- Sos monotributista, con excepción de aquellos que se han adherido al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al monotributo especial para pequeños productores agrarios de tabaco, té, yerba mate y caña de azúcar, registrados en la categoría A.
- Tributar el Impuesto sobre Bienes Personales por otros bienes que no entran en la categoría de «vivienda única».
- No sos beneficiario de la Asignación Universal por Hijo o la Asignación Universal por embarazo.
- Trabajás en relación de dependencia.
- Trabajás como autónomo.
- Tenés ingresos declarados en el impuesto a las ganancias.
Datos de consulta
En caso de que desees comunicarte con algún asesor para resolver dudas o consultas particulares, podés escribir un mensaje mediante la página web de AFIP – Consultas Web.
Tené en cuenta que si tenés más de una consulta, debés completar el formulario por cada una de ellas. Es decir, si tenés 3 consultas específicas, deberás enviar 3 mensajes. Esto es para optimizar las respuestas y que sea más sencillo resolver tu consultas. Tenés que completar 3 pasos para realizar tu consulta, y te los indicamos a continuación:
PASO 1: Datos de contacto
- Seleccioná qué tipo de usuario sos. En la imagen te dejamos las opciones:
- Seleccioná qué tipo de documento tenés: CUIT, CUIL o DNI.
- Ingresá el número de tu documento de identidad.
PASO 2: Consulta
- En la pantalla vas a ver «SELECCIONÁ EL TIPO DE CONSULTA *«: presioná sobre el asterisco para que se desplieguen las opciones.
Vas a tener a tu disposición 5 tipos de consulta generales y, si presionás en cada una de ellas, vas a ver, al interior, el tipo de consulta más específica (por esto es que mencionamos al principio de este apartado que a cada consulta le corresponde un formulario).
- Aporte Solidario y Extraordinario – Ley 27605
- Programa de Recuperación Productiva (REPRO II)
- Impositiva
- Seguridad Social
- Aduanera
- Tras especificar la consulta general y la específica, escribí tu mensaje, en no más de 2.000 palabras.
- Si necesitás adjuntar archivos, ¡podés hacerlo! Presioná el botón de Adjuntar archivo (hasta 3MB por archivo):
Presioná «Seleccionar archivo» y elegí uno o más archivos de tu dispositivo. Cuando lo elijas, vas a ver el nombre y tipo de archivo donde antes decía «Ningún archivo seleccionado«.
Presioná, luego, «Adjuntar archivo» desde el botón celeste, para poder pasar al siguiente y último paso. Leé tu consulta para chequear que esté correctamente ingresada. ¡Ya termina!
PASO 3: Confirmá la información
Para enviar todo, vas a ver a la derecha un código de números y letras: ingresá el código, respetando mayúsculas y minúsculas.
Presioná «Enviar». ¡Listo! Pronto se van a comunicar con vos.
¡Gracias por llegar hasta acá! Esperamos este artículo te haya sido útil.